Objetivo
Incentivar la inversión en capacidad de producción industrial de baterías destinadas al vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado.
Entidades beneficiarias
Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que hayan desarrollado durante al menos 2 años una actividad industrial, que no formen parte del Sector Público y se corresponda a alguno de los siguientes sectores:
a) CNAE-2009 20.1 Fabricación de productos químicos básicos.
b) Dentro de la CNAE 2009 20.30 la fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos.
c) Dentro de la CNAE 2009 20.59 carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial
d) CNAE-2009 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico.
e) CNAE-2009 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.
f) Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.
g) CNAE-2009 29.1 Fabricación de vehículos a motor.
h) CNAE-2009 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.
i) CNAE-2009 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.
j) CNAE-2009 30.91 Fabricación de motocicletas.
k) Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.
l) CNAE-2009 Sección C 38.3 Valorización. Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R02, R03, R04, R05 (con exclusión de la limpieza de suelos), R06, R07, R08, R09, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
m) Dentro de la CNAE-2009 Sección C división 24.45 la producción de aleaciones de litio y cobalto y la primera transformación del litio y cobalto.
Dotación presupuestaria
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada plan de inversión de la sección A será de 10.000.000€.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 17 de junio de 2024 al 19 de julio de 2024.