WhatsApp

Cambios legislativos en las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social del personal investigador

Bonificaciones personal investigador

El pasado mes de septiembre entró en vigor un nuevo decreto que no reemplaza lo establecido por el decreto anterior.

El Real Decreto 475/2014, que sustituyó al RD 278/2007, regulaba las bonificaciones para empleados incluidos en los grupos de cotización 1, 2, 3 y 4 del Régimen General de la Seguridad Social, siempre que se dedicaran exclusivamente a actividades de I+D e IT. 

Estas bonificaciones eran aplicables a contratos indefinidos, en prácticas o por obra o servicio con una duración mínima de tres meses. No era necesario que el 100% del tiempo fuera dedicado a estas actividades, permitiéndose hasta un 15% para formación y tareas similares.

Con la nueva normativa, vigente desde el 1 de septiembre de 2023,la bonificación del 40% en la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes para la contratación indefinida de personal investigador, pasa a ser de un máximo de tres años. Además, se añaden bonificaciones adicionales del 5% para jóvenes investigadores menores de 30 años y para mujeres investigadoras, las cuales son acumulables entre sí. Se mantiene la posibilidad de dedicar hasta un 15% del tiempo a tareas de formación y similares.

Este cambio legislativo implica que las personas que ya estaban empleadas antes del 1 de octubre de 2023 seguirán rigiéndose por el antiguo Real Decreto, mientras que aquellas que se incorporen a partir de esa fecha estarán sujetas al nuevo decreto. 

En la práctica, esto se traduce en dos escenarios:

  • El personal contratado antes del 1 de septiembre de 2023 se rige por la antigua redacción del RD 475/2014. 
  • El personal contratado después del 1 de septiembre de 2023 debe darse de alta el mismo día de entrada en la empresa, con contratos tipo 150, 250, 350, 109, 209 y 309, sin necesidad de proceder del SEPE o estar en paro, y sin contrato indefinido en los tres meses anteriores. La bonificación puede ser de hasta un 50%, dependiendo de si es mujer y/o menor de 30 años.

Sobre las bonificaciones para personal investigador

Las deducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para personal investigador son una forma de incentivo fiscal. Específicamente, este beneficio permite a las empresas pagar un 40% menos en la cuota de la Seguridad Social para empleados dedicados exclusivamente a la I+D+i. Cualquier tipo de entidad puede aprovechar esta reducción, la cual se aplica automáticamente una vez que se notifica a la Seguridad Social sobre los trabajadores que serán incluidos en este beneficio.

Algunas particularidades de este tipo de subvenciones son: están disponibles para todo tipo de organizaciones (incluyendo empresas, centros tecnológicos y universidades), proporcionan un ahorro mensual inmediato al reducir los costos de personal, incrementan significativamente la competitividad y son compatibles con las deducciones fiscales aplicables al mismo personal en el caso de las Pymes innovadoras.