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El Tribunal Supremo refuerza las deducciones fiscales en I+D+i: Hacienda no podrá revisar los informes motivados vinculantes del Ministerio de Ciencia e Innovación

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El Tribunal Supremo ha marcado un hito relevante para las empresas que se aplican deducciones fiscales por Investigación y Desarrollo o Innovación Tecnológica, limitando la capacidad de la Agencia Tributaria para revisar los informes motivados emitidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Estas deducciones, fundamentales para impulsar proyectos tecnológicos en España, han sido objeto de controversias legales debido a las revisiones que realizaba Hacienda, lo que generaba un clima de incertidumbre para las empresas afectadas.

El conflicto por las deducciones fiscales en I+D+i

Las deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades permiten a las empresas obtener un incentivo por sus inversiones en I+D+i, con una máxima seguridad jurídica siempre que los proyectos cuenten con la aprobación del Ministerio de Ciencia e Innovación a través de un Informe Motivado Vinculante (IMV). Sin embargo, la Agencia Tributaria había estado cuestionando el carácter vinculante de estos informes, lo que llevó a la revocación de las deducciones y, en consecuencia, a numerosos litigios judiciales.

El fallo del Tribunal Supremo

En su reciente fallo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que la Agencia Tributaria no tiene potestad para revisar estos informes vinculantes, ya que son definitivos y no pueden ser desestimados en las inspecciones fiscales. Esta resolución supone un alivio para las empresas, ya que garantiza la seguridad jurídica en la aplicación de las deducciones fiscales aprobadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Empresas afectadas por el conflicto

El conflicto, que afectaba en particular a proyectos relacionados con el desarrollo de software, había provocado un enfrentamiento entre empresas de distintos sectores y la Administración Tributaria. Ahora, con la sentencia del Supremo, empresas que se encontraban entre las afectadas, podrán solicitar la aplicación de las deducciones que les fueron revocadas.

Seguridad jurídica para el sector tecnológico

La sentencia no solo anula las liquidaciones fiscales que fueron impugnadas, sino que también refuerza el carácter vinculante de los informes del Ministerio de Ciencia e Innovación. El Tribunal Supremo señala que no puede haber contradicciones dentro de la Administración sobre si un proyecto merece una deducción fiscal o no. Este fallo aporta estabilidad al sector, al dejar claro que las deducciones fiscales por el Ministerio no pueden ser cuestionadas posteriormente por Hacienda.

Con esta decisión, se pone fin a una larga etapa de incertidumbre para el sector de la innovación en España, que veía en las revisiones de Hacienda un freno para su desarrollo. La sentencia del Tribunal Supremo representa un paso clave hacia una mayor seguridad jurídica y un entorno fiscal más claro y predecible para las empresas tecnológicas.