Nueva convocatoria PERTE VEC III de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico (sección A).

PERTE VEC III

Objetivo

Incentivar la inversión en capacidad de producción industrial de baterías destinadas al vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado.

Entidades beneficiarias

Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que hayan desarrollado durante al menos 2 años una actividad industrial, que no formen parte del Sector Público y se corresponda a alguno de los siguientes sectores:

a) CNAE-2009 20.1 Fabricación de productos químicos básicos.

b) Dentro de la CNAE 2009 20.30 la fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos.

c) Dentro de la CNAE 2009 20.59 carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial

d) CNAE-2009 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico.

e) CNAE-2009 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.

f) Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.

g) CNAE-2009 29.1 Fabricación de vehículos a motor.

h) CNAE-2009 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.

i) CNAE-2009 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.

j) CNAE-2009 30.91 Fabricación de motocicletas.

k) Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.

l) CNAE-2009 Sección C 38.3 Valorización. Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R02, R03, R04, R05 (con exclusión de la limpieza de suelos), R06, R07, R08, R09, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

m) Dentro de la CNAE-2009 Sección C división 24.45 la producción de aleaciones de litio y cobalto y la primera transformación del litio y cobalto.

Dotación presupuestaria

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada plan de inversión de la sección A será de 10.000.000€.

Plazo de presentación de solicitudes

Del 17 de junio de 2024 al 19 de julio de 2024.

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