Fortalecimiento de las capacidades de innovación de las PYMES y empresas de mediana capitalización, mediante la contratación de actividades de I+D a centros generadores de conocimiento o la ejecución de proyectos de I+D en colaboración con estas entidades, en alguna de las tecnologías prioritarias "Cervera".
Entidades beneficiarias
PYMES y empresas de mediana capitalización (MIDCAPS). No podrán ser beneficiarias las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que incumplan los plazos de pago previstos en dicha Ley.
Gastos elegibles
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación). Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán elegibles los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados según buenas prácticas de contabilidad6.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto7. No obstante, quedan excluidos los costes de consultoría asociados a la solicitud del proyecto.
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
- Otros gastos de explotación, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
- También son elegibles:
- el gasto derivado del informe realizado por el auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por entidad beneficiaria e hito.
- los gastos de gestión y coordinación del proyecto con un límite de 6.000 euros por beneficiaria e hito.
- el gasto derivado de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH por sus siglas en inglés) mediante entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 euros por proyecto.
Sólo podrán considerarse elegibles aquellos gastos que respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios. Todo gasto no justificado por el solicitante será eliminado del presupuesto financiable del proyecto.
Prioridades temáticas
1. Materiales avanzados
2. Economía circular
3. Transición energética
4. Fabricación inteligente
5. Tecnologías para la salud
6. Cadena alimentaria segura y saludable
7. Deep learning e Inteligencia Artificial
8. Redes móviles avanzadas
9. Transporte inteligente
10. Protección de la información
11. Computación cuántica
Forma y plazo de presentación de solicitudes
Abierta todo el año